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Se aprobó la ordenanza que prohíbe el uso de vehículos con “escapes libres” en la ciudad

La iniciativa fue presentada por el Juzgado de Faltas y aprobada por unanimidad: Contó con el apoyo de todos los concejales.

“Este proyecto tiene por fin prohibir la circulación de vehículos –automóviles, motos, etc.- con escapes libres o modificados y facultar a las autoridades de aplicación el decomiso y posterior destrucción de los caños de escape no originales de fábrica o con el silenciador deficiente, alterado o con salida total o parcialmente directa de los gases de la combustión interna del motor de que se trate”, explica el Dr. Carlos Sánchez Galarce, Juez de Faltas Municipal al fundamentar el proyecto que este jueves se transformó en ordenanza en el cuerpo legislativo.

El Concejo Deliberante de nuestra ciudad aprobó por unanimidad la iniciativa presentada por el Juez Administrativo de Faltas busca actuar en beneficio de la comunidad. Es que en su experiencia, Sánchez Galarce comprobó que, pese a los esfuerzos llevados a cabo “por agentes de distintos organismos de control, las quejas al respecto de vecinos no han cesado; por el contrario, han ido en aumento y tiende a convertirse en una endemia que afecta la vida ciudadana y el turismo”.

La producción de ruidos por la modificación de caños de escape y del sistema de administración de energía o combustible, ruidos que se asemejan a disparos de armas de fuego a repetición (tipo ametralladora) genera molestias en la comunidad y afecta la convivencia social.

Por esta razón diseñó una norma que permite sancionar este tipo de infracciones y habilita el secuestro y destrucción de los elementos empleados para la producción de los ruidos en cuestión.

Y retener el vehículo hasta tanto se haya colocado el caño de escape reglamentario o eliminado o modificado el sistema que tiene por finalidad producir explosiones o detonaciones o ajustado el punto del motor para evitar éstas últimas.

Las multas monetarias, según el sistema de puntos que se aplica actualmente, van desde los 500 a los 5000 puntos; teniendo en cuenta que el valor punto actual es de $ 168 la multa minina será de $84.000 y la máxima de $ 840.000.

Asimismo, se prevé disponer que el propietario del vehículo, por sí o por tercero, quite el sistema de corte de administración de energía o de corte de combustible o proceda al ajuste del punto del motor para evitar las explosiones o detonaciones.

CÓMO SERÁ EL PROCEDIMIENTO

Para llevar a cabo el decomiso de los elementos en infracción es necesario secuestrar el vehículo que lo porta y dado que, conforme a la normativa vigente, es el Juzgado Administrativo de Faltas quien ordena la restitución de los vehículos secuestrados, en el proyecto propuesto se le ordena retenerlo hasta tanto la autoridad de aplicación informe que se ha colocado un caño de escape y silenciador reglamentario -original o similar- y, llegado el caso, que se ha quitado el sistema de corte de administración de energía o de corte de combustible o se ha ajustado el punto del motor para evitar las explosiones o detonaciones.

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